Lo que la ley regula

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viernes, 15 de marzo de 2019

Dos meses de prisión para una madre que abofetea a su hijo por no querer ducharse


Reconozco que ya no escribo en el blog tanto como antes, pues mis circunstancias han cambiado y o bien no encuentro la temática, o no encuentro el momento, o ninguna de las dos cosas, pero hoy no puedo resistirme a comentar una noticia que ha salido a la luz estos días. Estamos leyendo en prensa que una madre ha sido condenada a dos meses de prisión por abofetear a su hijo de diez años porque no quería ducharse. Ahí queda eso.

Los hechos traen causa de un fatídico día de primavera de 2008 en que una madre, como tantas otras, discutía con su retoño que se hacía el remolón para ducharse. El debate ducha sí o ducha no, debió demorarse un rato largo, y la madre, exasperada, puso punto y final a la discusión propinando a su vástago con un par de bofetadas. La cosa que podía haberse quedado ahí, llegó a los tribunales porque se denunció a la madre por violencia doméstica y lo más grande es que el Juzgado de lo Penal número 4 de Pontevedra dictó sentencia condenando a dos meses de cárcel a la progenitora por un delito de maltrato en el ámbito de la violencia doméstica. La madre recurrió la sentencia, pero la Audiencia Provincial ha ratificado el fallo inicial y la madre continúa con una sentencia privativa de libertad de dos meses que puede suplir, al carecer de antecedentes penales, por dos meses de trabajos en beneficio de la comunidad. Además, la sentencia también incluye una orden de alejamiento que impide a la madre acercarse a menos de doscientos metros de su hijo durante seis meses. Veremos si se cumple o no y si se recurre la sentencia al Tribunal Supremo.


Podemos estar todos de acuerdo en que la violencia sólo genera violencia y que los castigos físicos deben ser desterrados del sistema educativo, tanto escolar como familiar. Desde luego mucho hemos avanzado desde los años cuarenta y cincuenta donde era normal que los padres pegasen a sus hijos, ya fuese con cinturón paterno o zapatilla materna y los maestros corrigiesen a los alumnos despistados con reglazo en los nudillos o con capones y collejas a discreción. Y está bien que así sea y todos nos felicitamos de haber superado estos castigos corporales a menores. Pero una cosa es una cosa y otra es otra. En esto, como en otras muchas cuestiones, en nuestro país oscilamos como un péndulo, y hemos pasado de infligir castigos corporales sin medida y hasta sin motivo a no castigar ni corregir a los menores bajo ningún concepto.

Compadezco a los padres actuales a los que el ambiente, el entorno, la sociedad, el ordenamiento jurídico y ahora también los tribunales privan de sus armas educativas. Desde luego no estoy haciendo apología de la violencia como medida educativa, pero no condeno un cachete a tiempo o un azote que puede resultar mucho más aleccionador que muchos diálogos padre-hijo.

No debemos olvidar que el Código Civil contemplaba hasta 2007 el derecho de los padres a corregir a sus hijos, pero ese derecho ha quedado difuminado y hoy por hoy, con la ley en la mano, los progenitores que deben ejercer la patria potestad en interés de sus hijos, de acuerdo con su personalidad y con respeto a sus derechos y su integridad física y mental, velando por ellos, acompañándolos, alimentándolos, educándolos, procurándoles una educación integral, representándolos y administrando sus bienes, sólo se ven amparados legalmente en esta labor con esa sencilla frase: “los progenitores podrán, en el ejercicio de su función, recabar el auxilio de la autoridad”. Y ya está. Es decir, que tú como padre o madre tendrás que educar a tu hijo, enseñarle a comer con cubiertos, enseñarle a utilizar un baño público, enseñarle a comportarse en un cine, enseñarle a recelar de obsequios de desconocidos, enseñarle a compartir sus juguetes, enseñarle a practicar deporte, enseñarle a estudiar, enseñarle a manejar las nuevas tecnologías, etc. y todo ello sin menoscabar su integridad física y mental y en caso de resultar imposible… recabando auxilio de la autoridad. Así pues, cuando el niño sólo quiera comer macarrones y no quiera ni probar las verduras, cuando la niña vaya directa a meter los dedos en un enchufe, cuando dos hermanos se peleen entre ellos como si no hubiera un mañana, cuando el niño se niegue a ducharse, cuando la niña no quiera bajar la música que atrona a todo el vecindario, cuando el niño no suelte el teléfono móvil ni para comer y los sufridos padres no puedan hacerse con la situación… ya saben, recurran al auxilio de la autoridad pero no osen aplicar ustedes mismos la autoridad que hasta hace bien poco como padres ustedes podían y debían ejercer.

De verdad, en este universo en el que hemos hecho a los niños los reyes con todo tipo de derechos y ninguna obligación y hemos menoscabado el principio de autoridad de padres y maestros, reconforta escuchar a veces las verdades como puños que expone en sus charlas el Juez de Menores de Granada, Emilio Calatayud, cuyas intervenciones no tienen desperdicio. Recomiendo encarecidamente a los lectores que busquen algunas de ellas en YouTube y como aperitivo incluyo una de ellas en esta entrada.