Dentro de la batería de medidas incluidas en el Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de
febrero, de mecanismo de segunda
oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social,
una que está teniendo bastante repercusión en los medios es la nueva tarifa reducida de cotización a la
Seguridad Social para los nuevos contratos indefinidos.
Concretamente se trata de que las empresas que contraten de
forma indefinida y creen empleo neto, estén exentas en los primeros 500 euros de salario de cada nuevo contrato
indefinido. Cuando el contrato se celebre a tiempo parcial la cuantía se reducirá
en proporción al porcentaje en que disminuya la jornada de trabajo, que no
podrá ser inferior al 50 por 100 de la jornada de un trabajador a tiempo
completo.
La duración de esta bonificación será de 24 meses. En caso de empresas con menos de diez trabajadores, además de
este período de dos años, podrán acogerse durante 12 meses más a esta exención pero en este último año será para los primeros 250 euros de la base de cotización
o la cuantía que proporcionalmente corresponda en los supuestos de contratación
a tiempo parcial.
Este beneficio en la cotización consistirá en una
bonificación, a cargo del Servicio Público de Empleo Estatal, en caso de que el
contrato indefinido se formalice con jóvenes inscritos en el Sistema Nacional
de Garantía Juvenil, y en una reducción, a cargo del sistema de la Seguridad
Social, en los demás supuestos.
Esta medida viene a sustituir a la actual tarifa plana de
100 euros, cuya vigencia concluye el 31 de marzo de 2015.
La reducción de la cotización (500 euros durante dos años y
250 euros un año más para empresas de menos de 10 trabajadores), en ningún caso afectará a la determinación
de la cuantía de las prestaciones económicas a que puedan tener derecho los
trabajadores afectados, que se calculará aplicando el importe íntegro de la
base de cotización que les corresponda.
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