Lo que la ley regula

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sábado, 8 de agosto de 2015

Puntos de Atención al Emprendedor (PAE)

La red de apoyo a los emprendedores desplegada por las Administraciones Públicas con objeto de facilitar, simplificar y acelerar la creación de empresas se encuentra integrada actualmente en los denominados Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) que han venido a unificar las anteriores iniciativas y organismos sobre la materia tales como los Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT); los centros de Ventanilla Única Empresarial (VUE); la Ventanilla Única de la Directiva de Servicios en el mercado interior, eugo.es (VUDS), etc.

Los actuales Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) se definen como oficinas pertenecientes a organismos públicos y privados que se encargan de facilitar la creación de nuevas empresas, el inicio efectivo de su actividad y su desarrollo, a través de la prestación de servicios de información, tramitación de documentación, asesoramiento, formación y apoyo a la financiación empresarial.

La unificación de estos servicios ya se inició con la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, y ha culminado con el Real Decreto 127/2015, de 27 de febrero, de modo que desde el mes de marzo existe una única red de oficinas de atención a los emprendedores, bajo una sola denominación y marca, con el fin de evitar costes por duplicidades a las Administraciones Públicas, mejorar la información al ciudadano y a las empresas y ofrecer una tramitación electrónica completa en todos los estados por los que transita una empresa.

Los PAE pueden depender tanto de entidades públicas como privadas. Los “PAE públicos” son entidades pertenecientes o vinculadas al sector público (Ayuntamientos y Agencias de Desarrollo); Cámaras de Comercio y asociaciones o fundaciones del sector privado sin ánimo de lucro cuyos fines estén relacionados con la atención a los emprendedores. Los PAE “privados” son colegios profesionales, organizaciones empresariales o agrupaciones de empresas que hayan firmado el correspondiente Convenio de Colaboración con la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa (DGIPYME). En todo caso, tanto los PAE públicos como privados se apoyan en el Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE), que es un sistema de información que permite realizar de forma telemática los trámites de constitución y puesta en marcha de determinadas sociedades mercantiles (sociedad de responsabilidad limitada, sociedad limitada nueva empresa, sociedad limitada de formación sucesiva y empresario individual). Asimismo, los PAE como utilizan las herramientas propias de CIRCE para la creación de empresas: el Documento Único Electrónico (DUE) y el Sistema de Tramitación Telemática (STT).

En cuanto a los servicios de que prestan los Puntos de Atención al Emprendedor hay que distinguir los servicios que se realizan de forma gratuita de los que se prestan mediante contraprestación económica. Legalmente hay un servicio que necesariamente se debe prestar de forma gratuita: la constitución de empresas mediante el sistema de tramitación telemática utilizando el Documento Único Electrónico. Todos los demás servicios, a excepción del DUE, pueden ser cobrados. La Ley sólo exige que previamente se informe al usuario (emprendedor o empresa) del carácter gratuito o lucrativo. Para ello cada PAE mantendrá una lista de los servicios gratuitos y de los presta mediante contraprestación económica, de acuerdo con los convenios que, en su caso, se celebren con el Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

Entre otros, los Puntos de Atención al Emprendedor, prestarán los siguientes servicios:

· Facilitar la creación de nuevas empresas, el inicio efectivo de su actividad y su desarrollo, a través de la prestación de servicios de información, tramitación de documentación, asesoramiento, formación y apoyo a la financiación empresarial.

· Información sobre las características de las formas jurídicas societarias y, en especial, de la Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE), la Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) y el Empresario Individual. La información abarca múltiples aspectos como el marco legal, aspectos mercantiles más importantes, ventajas fiscales, aspectos contables, sistemas de tramitación, normativa aplicable, etc.

· Suministrar toda la información y formularios necesarios para el acceso a la actividad y su ejercicio. Aquí se incluye información sobre el régimen de Seguridad Social aplicable (criterios de adscripción, afiliación, cotización, etc.) y sobre las obligaciones fiscales.

· Tramitación de la constitución de empresas mediante el sistema de tramitación telemática utilizando el Documento Único Electrónico (DUE). Este servicio deberá prestarse con carácter obligatorio y gratuito.

· Ofrecer la posibilidad de presentar toda la documentación y solicitudes necesarias.

· Ofrecer la posibilidad de conocer el estado de tramitación de los procedimientos en que tengan la condición de interesado y, en su caso, recibir la correspondiente notificación de los actos de trámite preceptivos y la resolución de los mismos por el órgano administrativo competente.

· Suministrar toda la información sobre las ayudas, subvenciones y otros tipos de apoyo financiero disponibles para la actividad económica de que se trate en la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales.

· Facilitar los trámites necesarios para la constitución de sociedades, el inicio efectivo de una actividad económica y su ejercicio por emprendedores.

· Facilitar la tramitación del cese de la actividad.

El portal CIRCE del Ministerio de Industria, Energía y Turismo facilita la búsqueda de PAE por Comunidades Autónomas, Provincias y Municipios.

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