Al parecer, en los últimos meses la Comisión Nacional del
Mercado de Valores (CNMV) ha recibido un elevado número de consultas en las que
los interesados solicitaban información sobre si sus préstamos hipotecarios
habían sido cedidos a un fondo de titulización.
Ante el interés por esta cuestión la CNMV ha considerado
relevante informar de que la cesión de
un préstamo hipotecario a un tercero, como es la cesión a un fondo de
titulización (FT), no afecta a los términos y condiciones del préstamo, que
son los acordados con el prestatario.
Por otra parte, la propia CNMV en su comunicación acerca de
las consultas relativas a la titulización de préstamos hipotecarios recuerda
que aun cuando entre las competencias atribuidas a la CNMV por la Ley del
Mercado de Valores y demás normativa de desarrollo, no se encuentra la llevanza
de un registro de hipotecas y/o préstamos titulizados, dicho organismo sí tiene
esa información. Concretamente, la relación de préstamos cedidos a un fondo de
titulización figura, con carácter general, en los registros oficiales de la
CNMV como anexo a la escritura de constitución de dicho fondo, si bien, y
debido a la normativa de protección de datos, los titulares de préstamos que se ceden a un fondo de titulización suelen
figurar en la escritura de constitución de forma codificada. Así pues, para
la CNMV no resulta posible la identificación con nombres y apellidos de los
titulares de préstamos que han sido cedidos a un fondo de titulización, por lo
que remite a los clientes bancarios a su propia entidad prestamista.
De este modo, para conocer si un préstamo está titulizado, el interesado debería dirigirse, en primer
lugar, a la entidad bancaria, identificándose como titular del préstamo
hipotecario y solicitar dicha información. Una vez que la entidad le haya
informado de que el préstamo ha sido efectivamente cedido para la constitución
de un fondo de titulización, y le haya facilitado
el nombre del fondo en cuestión, ya podrá dirigirse a la CNMV, bien a
través de la dirección de correo electrónico (informacion@cnmv.es), bien mediante
escrito dirigido a la Secretaría General de la CNMV, solicitando una copia de
la escritura de constitución del FT correspondiente.
En caso de que la entidad bancaria no atendiera la petición
de información sobre la titulización del préstamo, podría presentarse una
reclamación que, en su caso, será tramitada por el Servicio de Reclamaciones
del Banco de España, que es el organismo competente en la materia al tratarse de
información sobre un préstamo.
Debe recordarse que desde la entrada en vigor de la Ley
5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial, las
sociedades gestoras de fondos de titulización deben publicar en su página web:
la escritura de constitución y, en su caso, las demás escrituras públicas
otorgadas con posterioridad; el folleto de emisión, sus suplementos; el informe
anual y los informes trimestrales de cada uno de los fondos que gestionan.
Para facilitar la información a los interesados la CNMV en
su comunicado también recuerda que para los fondos cuyos valores se encuentran admitidos a negociación se
encuentra disponible, en la página web de la CNMV (www.cnmv.es) dentro de la
sección “consulta a los registros oficiales”, “Emisiones, admisiones y opas”,
“folletos de emisión y opv”, el correspondiente folleto informativo. De igual
modo se puede consultar el listado de
las Sociedades Gestoras de Fondos de Titulización dentro de la sección
“consulta a los registros oficiales”, “Entidades emisoras: información regulada
y otra”, y entrando en cada una de estas sociedades se tiene acceso a los
diferentes fondos gestionado por cada una de ellas.
Muy bién la información de la CNMV, pero eso de que el anexo con las hipotecas está codificado, no es cierto...! vale que no vengan nombres y apellidos... pero vienen otros datos facilmente comprobables como nro de prestamo, fecha de escrituras de la hipoteca, capital solicitado... datos del registro de la propiedad de la vivienda... información que cada hipotecado tiene al alcance de su mano ( recibo, y copia simple escrituras compra-venta hipoteca)... Lo complejo es saber en que fondo lo han titulizado para no tener que ir viendo las miles de hipotecas titulizadas que añaden en sus anexos en cada fondo de titulizacion... Lo mas sencillo es empezar con la fecha mas próxima al año de escrituración y posterior..... No dar solo por echo lo que el banco te diga... Mas que nada por que ya hay casos en los que el banco dice que no está titulizado y se ha demostrado que era mentira, una vez encontrada la hipoteca en el anexo de uno de esos fondos de titulización que el banco se negaba a dar..
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