Lo que la ley regula

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lunes, 11 de abril de 2016

Rappel de compras y rappel de ventas

En el ámbito económico y empresarial se denomina rappel o en su forma castellanizada rápel al descuento obtenido en las compras u otorgado en las ventas a consecuencia de haber alcanzado un determinado volumen de pedido. De la propia definición facilitada se desprende que existen dos tipos de rappels: de compras y de ventas.

· Rappels por compras: descuento efectuado por los proveedores por haber alcanzado un determinado volumen de pedidos. En este caso el rappel lo aplican nuestros proveedores a nuestra empresa por haberles hecho un pedido lo suficientemente importante para merecer un descuento en el precio de nuestras compras.

· Rappels por ventas: descuento efectuado a los clientes por haber alcanzado un determinado volumen de pedidos. En este caso el rappel lo aplica nuestra empresa a aquellos de nuestros clientes que nos hayan hecho los suficientes pedidos para merecer un descuento en el precio de sus compras.

En general, el rappel se considera un instrumento de marketing para incentivar el consumo e incrementar las ventas, es decir, conseguir mayores ventas a cambio de premiar al consumidor que durante un período de tiempo establecido ha alcanzado un determinado nivel de consumo. Lo más apropiado es determinar qué rappel se conseguirá y en qué plazos, estableciéndose normalmente de forma escalonada. Podemos establecer un rappel de ventas a nuestros clientes para un mes, un trimestre, un semestre o un año, aunque lo más habitual es fijar plazos anuales. La característica principal de estos descuentos por volumen de pedido es que se establecen en forma de tramos escalonados. Un ejemplo de rappel a aplicar a nuestros clientes sería:

Para pedidos entre 50.000 y 100.000 euros: 10%
Para pedidos entre 100.001 y 150.000 euros: 15%
Para pedidos entre 150.001 y 200.000 euros: 20%
Para pedidos superiores a 200.000 euros: 25%

Otra de las características fundamentales de este sistema de bonificaciones por volumen de compra es que aunque se aplica de forma escalonada por tramos, una vez alcanzado un determinado tramo el descuento se aplica a la totalidad de las compras. En nuestro ejemplo, si el cliente nos compraba por valor de 75.000 euros nosotros le aplicábamos un descuento del 10%:

75.000 x 0,10 = 7.500 €

Pero si ese cliente en el mismo año llega comprar por valor de 125.000 euros ya le aplicaremos el porcentaje del segundo tramo, 15%, y ese descuento se aplicará a todo el volumen de ventas del año:

125.000 x 0,15 =18.750 €

Lo que beneficia más al cliente que aplicar los descuentos por separado a cada tramo:

100.000 x 0,10 = 10.000 € + 25.000 x 0,15 = 3.750 €

5 comentarios:

  1. Buenos dias, despues de leer su articulo, tengo una duda muy seria sobre la legalidad de esta manera de distribuir el rappel, según lo que tengo entendido, entraría en conflicto con lo indicado por la CNMC (Comision Nacional Mercado Competencia). Podria confirmarme que este tipo de escalado no es contradictoria con la normativa europea de la competencia?.. Muchas gracias.

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    1. Buenas tardes Unknown
      Lo siento pero no puedo confirmar la existencia o no de una normativa comunitaria o de algún criterio emanado de la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) acerca de la forma de aplicar el rappel y su escalonamiento. En la entrada del blog me limito a dar una explicación de lo que es el rappel y cómo se aplica normalmente. A raíz de tu pregunta he investigado un poco la cuestión pero no he encontrado nada concreto. Lamento no poder ayudarte más y, desde luego, si encuentro algo relacionado lo publicaré. En todo caso, te remito a que consultes con la CNMC directamente que seguro podrán orientarte mucho mejor que yo.

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  2. Muchas gracias por tu respuesta, haré lo que me indicas.
    Saludos.

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  3. Hola

    SAben si es legal hacer una rapel a un tercero?

    Es decir, yo facturo a una empresa y una tercera me solicita un Rapel por esa facturacion?

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    1. Buenas tardes Javi
      La verdad es que desconozco casos concretos de aplicación de rappel tal y como indicas. Lo normal es aplicarlos directamente con la empresa compradora y/o vendedora. Esperemos que algún lector pueda arrojar luz sobre esta cuestión.

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