Lo que la ley regula

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martes, 28 de agosto de 2018

Negocio jurídico simulado


El negocio jurídico simulado es un negocio jurídico anómalo caracterizado por existir una simulación negocial, es decir, el encubrimiento intencionado, con fines lícitos o ilícitos, de una realidad jurídica mediante la apariencia de un negocio. Se trata, por tanto, de un acuerdo entre las partes tendente a la creación de una apariencia negocial que esconde la falta de un verdadero negocio subyacente o la existencia de otra realidad distinta. Así pues existe una contradicción entre la verdadera voluntad de las partes y la voluntad declarada por éstas, teniendo en cuenta que esta contradicción es consciente y buscada por las partes con una finalidad de engaño.

En la simulación negocial es tradicional la distinción entre simulación absoluta y simulación relativa.

La simulación absoluta se caracteriza por una apariencia negocial cuando en realidad no existe un negocio subyacente, lo que implica que el negocio celebrado carece de todos sus elementos esenciales, consentimiento, objeto y causa. Un ejemplo de simulación absoluta sería el negocio simulado de compraventa cuando en realidad ésta no se celebra, y tiene por objeto exclusivo ocultar la verdadera titularidad del bien.

La simulación relativa tiene lugar cuando mediante la apariencia negocial se esconde una realidad jurídica distinta, es decir, se celebra una negocio simulado que encubre la realidad de otra figura negocial. Ejemplo de simulación relativa es la compraventa que encubre una donación, lo que implica una falta del negocio aparente.

Podrá ejercitarse una acción declarativa tendente a desenmascarar esa situación, que dará lugar al descubrimiento de la realidad, decretándose la nulidad o inexistencia del negocio, en el caso de simulación absoluta, o, el afloramiento de la verdadera causa del negocio simulado en caso de simulación relativa.

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