En estos días en los que tras los resultados de las
elecciones del 20 de diciembre tanto políticos como ciudadanos estamos haciendo
cábalas sobre las posibles combinaciones
que permitan la investidura de Mariano Rajoy o de Pedro Sánchez, en los
medios de comunicación no dejan de recordarnos que España tiene un régimen parlamentario y no un sistema presidencialista,
sin que muchas veces alcancemos a distinguir exactamente en qué consiste uno y
otro.
Ciertamente, España se define en la Constitución de 1978
como una monarquía parlamentaria. La
soberanía nacional, que reside en el pueblo español y de la cual emanan los
poderes del Estado, se materializa en el Parlamento, puesto que en la
elecciones legislativas los ciudadanos
eligen a quienes van a representarles en el Congreso de los Diputados
(cámara baja) y en el Senado (cámara alta), pero no eligen directamente a un Presidente, sino que serán los diputados
los que lo hagan, debiendo obtener el candidato una mayoría parlamentaria suficiente
en el Congreso para conseguir la investidura. Por tanto, al elegirse al
Presidente del Gobierno en el Congreso se puede afirmar que existen bastantes conexiones entre el poder
legislativo y el poder ejecutivo, siendo ésta una de las características
principales de los sistemas parlamentarios y diferenciadoras de los sistemas
presidencialistas en los que exista una verdadera división de poderes.
En los sistemas parlamentarios están diferenciadas las figuras de Jefe del Estado y Jefe del Gobierno.
En España, el Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia,
que arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones y asume la
más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales.
Se suele decir que “el Rey reina pero no
gobierna”, es decir, ostenta la máxima autoridad pero no tiene potestad de
gobierno puesto que ésta corresponde al Gobierno. El Gobierno, que se compone
del Presidente de Gobierno, los Vicepresidentes y los Ministros, dirige la
política interior y exterior, la administración civil y militar, la defensa del
Estado y ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria.
De forma similar aunque con distinta nomenclatura otros
países europeos se acomodan igualmente al régimen parlamentario con
desdoblamiento de figuras, por ejemplo, en Alemania existe un Presidente de la
República (Joachim Gauck) y una Canciller (Angela Merkel); en Gran Bretaña el
Jefe del Estado es la Reina (Isabel II) y el Jefe de Gobierno es el primer
ministro (David Cameron), etc.
Por el contrario, en el sistema
presidencialista, cuyo paradigma lo constituye Estados Unidos, se
caracteriza por una división de poderes
entre el poder legislativo, el poder ejecutivo y el poder judicial y porque se concentra en una única persona al Jefe del
Estado y al Jefe de Gobierno. En un régimen presidencialista el Presidente
(Jefe del Estado/Jefe de Gobierno) asume la más alta representación del Estado
y, a su vez, dirige el poder ejecutivo, por lo que asume una gran concentración de poder. La
soberanía popular se manifiesta en su doble vertiente pues los ciudadanos
participan en elecciones para elegir a sus representantes en las cámaras
legislativas y también eligen en otras elecciones diferentes al Presidente. De
este modo, el Parlamento tendrá el poder
legislativo y el Presidente el poder ejecutivo, sin que existan conexiones
entre uno y otro, hasta el punto de que es posible que exista un Presidente
que tenga la cámara legislativa en contra, por ejemplo, un Presidente demócrata
con un Congreso con mayoría republicana en Estados Unidos, lo que permite que
exista una mayoría de bloqueo para los proyectos legislativos del Presidente.
Esta situación la ha padecido Barack Obama durante algunos años.
No hay comentarios:
Publicar un comentario