En los últimos años, por parte de importantes sociedades
como Santander, BBVA, Iberdrola, Repsol, Telefónica, ACS, Gas Natural,
Acerinox, y otras se han venido haciendo ampliaciones
de capital gratis para sus accionistas en
sustitución del pago en efectivo del dividendo. Normalmente, la operación
se realiza emitiendo tantos derechos de suscripción como acciones existen de la
Sociedad, entregando o asignando a cada accionista tantos derechos como
acciones posee. Seguidamente, al accionista se le ofrecen tres opciones:
1) Vender sus
derechos a la propia Sociedad, a un precio previamente fijado. Al importe
bruto resultante se le aplicaría la retención correspondiente y se abonaría el
líquido al accionista. El accionista, en este caso, deberá declarar como
ingreso dicho importe bruto en su declaración del IRPF, y asimismo declarar la
retención como un pago a cuenta ya hecho a Hacienda. Por consiguiente, tanto
para la Sociedad como para el accionista, la operación supone o tiene la misma
consideración económica y fiscal que el pago de dividendo en efectivo.
2) Vender los
derechos en Bolsa al precio de cotización que tengan en el momento de la venta.
Lógicamente, dicho precio puede ser mayor, igual o menor, que el precio fijo
establecido por la Sociedad que se compromete a comprar los derechos, ya que el
precio en Bolsa dependerá de las condiciones del mercado, y por tanto de la
mayor o menor oferta y demanda que exista de dichos derechos. Además no hay
retención sobre el importe de esta venta.
3) Suscribir las
acciones que le correspondan según el número de derechos que le hayan asignado.
De este modo, pasará a ser propietario de un número mayor de acciones de la
Sociedad sin hacer ningún desembolso para ello, pero a cambio de no recibir el
importe del dividendo en efectivo. Para el accionista, en sus cálculos o
cuentas internas podría decirse que esto equivale a suponer que, la sociedad le
pagara el dividendo bruto sin retención, y que seguidamente el accionista le
devolviera a la sociedad dicho importe con el encargo de que con el mismo le
comprase acciones al precio de su cotización en Bolsa.
Ventajas de la fórmula de scrip dividend para la Sociedad
En primer lugar,
utilizando esta fórmula la Sociedad aumenta
sus recursos propios, ya que el dinero que tendría que destinar a pagar el
dividendo, pasa a aumentar su capital. Este capital nuevo aumentado estará
representado por las acciones nuevas emitidas. Esta ventaja es aplicable en las
opciones 2 y 3.
Aunque las nuevas acciones emitidas se entreguen gratis, en
cierto modo se podría considerar como si la Sociedad las comprara en Bolsa al
precio de mercado, y a ese mismo precio se las entregara a los accionistas a
cambio del importe de los dividendos que no les paga.
Al aumentar el número de acciones de la sociedad, también serán más las acciones que salgan a cotizar
en Bolsa, con lo cual se aumentará la liquidez de la acción. Esto beneficia
tanto a la Sociedad como a los accionistas, y al mercado en general. Lo más
probable, es que aumente también el número de accionistas, ya que parte de los
antiguos accionistas probablemente vendan en Bolsa alguna de sus acciones o los
derechos de suscripción de las nuevas acciones, y que los adquieran nuevos
accionistas.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, la Sociedad aumentará su cifra de capital
social y probablemente su cifra de capitalización bursátil. Ello le
permitirá asentarse más firmemente entre las empresas cotizadas en Bolsa, y en
caso de no estarlo ya, tener la oportunidad de acceder a formar parte del
selectivo índice IBEX-35, e incluso a otros índices internacionales si
cumpliera las condiciones y trámites necesarios.
Al tener una cifra de capital mayor y, en general, unos
recursos propios mayores, con dichos medios puede tomar iniciativas y marcarse objetivos más ambiciosos sin
necesidad de endeudarse, o en todo caso con un endeudamiento menor.
Al tratarse de una Sociedad más potente y más saneada, en
caso de tener que recurrir al mercado o a la banca para endeudarse, tendría más facilidad para conseguir financiación y
además sería a un tipo y a unas condiciones mejores.
Como complemento a lo anterior, es mismo se tendría en
consideración por las agencias de calificación crediticia, que por ello,
probablemente asignarían a la Sociedad un rating más alto.
Posibles desventajas para la
Sociedad
Al emitir acciones nuevas, el importe total del beneficio destinado a distribuir en concepto de
dividendo sería mayor que el que se destinaba antes de emitir las nuevas
acciones, si es que se quisiera mantener el mismo importe de dividendo por
acción. Para ello sería necesario que el beneficio
neto total obtenido por la Sociedad creciera lo suficiente para que el
beneficio por acción se mantuviera en el mismo nivel que el que se conseguía
antes de la emisión de las nuevas acciones. De no ser así, al bajar el
beneficio por acción y suponiendo que aún hubiera margen para mantener el
importe del dividendo por acción, sería a base de aumentar el pay-out, y por tanto destinando un
importe proporcionalmente menor o incluso en términos absolutos menor a los
fondos de reserva de la Sociedad. En tal caso, aunque los recursos propios
totales de la Sociedad hubieran aumentado, sin embargo, la proporción entre las cifras de capital social y reservas se habría
deteriorado, ya que el importe de las reservas con respecto a la cifra de
capital sería proporcionalmente menor que el existente antes de la emisión de
las nuevas acciones.
Siendo esto así, la otra
opción sería disminuir el importe del dividendo por acción, para poder
destinar a reservas un importe suficiente que garantice que, la proporción
entre capital social y reservas sea la misma que la existente antes de la ampliación
de capital en la que se emitieron las nuevas acciones. En cualquier caso, ante
esta situación, lo más probable es que las
acciones resultaran menos atractivas para los potenciales inversores, por
lo que serían menos demandadas y bajaría su cotización en Bolsa. En tal caso,
dependiendo de la mayor o menor intensidad de dicha bajada de la cotización de
la acción, podría llegar a resentirse la capitalización bursátil de la
sociedad, ya que aunque el número de acciones en circulación sería mayor, la
cotización o precio de cada una sería menor.
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