El
Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la
estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, publicado el
pasado 14 de julio, ha introducido diversas modificaciones en nuestro
ordenamiento. Concretamente, en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas, se ha incrementado el porcentaje de retención o ingreso a
cuenta aplicable a los rendimientos de actividades económicas así como el
correspondiente a los rendimientos del trabajo derivados de impartir cursos,
conferencias, coloquios, seminarios o derivados de la elaboración de obras
literarias, artísticas o científicas, siempre que se ceda el derecho a su
explotación.
Así
pues, desde el 1 de septiembre de 2012,
los autónomos y profesionales liberales (abogados, consultores, arquitectos, médicos,
periodistas, etc.) deberán practicar una retención del 21% en la facturación de sus servicios, frente al actual 15%
aplicable.
De
igual modo, quienes esporádicamente participen en conferencias y seminarios,
también verán incrementado en seis puntos el porcentaje de retención que pasa
igualmente al 21%.
Se
trata de una medida transitoria que resultará aplicable hasta el 31 de
diciembre de 2013, pues desde el 1 de
enero de 2014, el porcentaje de retención en ambos casos será del 19%.
La
medida, en realidad, tiene como objetivo anticipar el pago del Impuesto de modo
que los autónomos y profesionales estarán financiando a la Hacienda Pública
hasta que regularicen el pago del IRPF en su declaración anual del año próximo.
Desde 01/01/2012 hasta 31/08/2012
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15%
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Desde 01/09/2012 hasta 31/12/2013
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21%
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Desde 01/01/2014
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19%
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