La red de apoyo a los
emprendedores desplegada por las Administraciones Públicas con objeto de
facilitar, simplificar y acelerar la creación de empresas se encuentra
integrada actualmente en los denominados Puntos
de Atención al Emprendedor (PAE) que han venido a unificar las anteriores
iniciativas y organismos sobre la materia tales como los Puntos de
Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT); los centros de Ventanilla Única Empresarial
(VUE); la Ventanilla Única de la Directiva de Servicios en el mercado interior,
eugo.es (VUDS), etc.
Los actuales Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) se
definen como oficinas pertenecientes a
organismos públicos y privados que se encargan de facilitar la creación de
nuevas empresas, el inicio efectivo de su actividad y su desarrollo, a través
de la prestación de servicios de información, tramitación de documentación,
asesoramiento, formación y apoyo a la financiación empresarial.
La unificación de estos servicios ya se inició con la Ley 14/2013,
de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, y
ha culminado con el Real Decreto 127/2015, de 27 de febrero, de modo que desde
el mes de marzo existe una única red de
oficinas de atención a los emprendedores, bajo una sola denominación y marca,
con el fin de evitar costes por duplicidades a las Administraciones Públicas,
mejorar la información al ciudadano y a las empresas y ofrecer una tramitación
electrónica completa en todos los estados por los que transita una empresa.

En cuanto a los servicios de que prestan los Puntos de
Atención al Emprendedor hay que
distinguir los servicios que se realizan de forma gratuita de los que se
prestan mediante contraprestación económica. Legalmente hay un servicio que
necesariamente se debe prestar de forma gratuita: la constitución de empresas mediante
el sistema de tramitación telemática utilizando el Documento Único Electrónico.
Todos los demás servicios, a excepción del DUE, pueden ser cobrados. La Ley
sólo exige que previamente se informe al usuario (emprendedor o empresa) del
carácter gratuito o lucrativo. Para ello cada
PAE mantendrá una lista de los servicios gratuitos y de los presta mediante
contraprestación económica, de acuerdo con los convenios que, en su caso,
se celebren con el Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
Entre otros, los Puntos de Atención al Emprendedor,
prestarán los siguientes servicios:
· Facilitar la creación de nuevas empresas,
el inicio efectivo de su actividad y su desarrollo, a través de la prestación
de servicios de información, tramitación de documentación, asesoramiento,
formación y apoyo a la financiación empresarial.
· Información sobre las características de
las formas jurídicas societarias y, en especial, de la Sociedad Limitada
Nueva Empresa (SLNE), la Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) y el
Empresario Individual. La información abarca múltiples aspectos como el marco legal,
aspectos mercantiles más importantes, ventajas fiscales, aspectos contables,
sistemas de tramitación, normativa aplicable, etc.
· Suministrar
toda la información y formularios
necesarios para el acceso a la actividad y su ejercicio. Aquí se incluye
información sobre el régimen de Seguridad Social aplicable (criterios de
adscripción, afiliación, cotización, etc.) y sobre las obligaciones fiscales.
· Tramitación de la constitución de empresas
mediante el sistema de tramitación telemática utilizando el Documento Único
Electrónico (DUE). Este servicio deberá prestarse con carácter obligatorio
y gratuito.
· Ofrecer
la posibilidad de presentar toda la
documentación y solicitudes necesarias.
· Ofrecer
la posibilidad de conocer el estado de
tramitación de los procedimientos en que tengan la condición de interesado
y, en su caso, recibir la correspondiente notificación de los actos de trámite
preceptivos y la resolución de los mismos por el órgano administrativo
competente.
· Suministrar
toda la información sobre las ayudas,
subvenciones y otros tipos de apoyo financiero disponibles para la
actividad económica de que se trate en la Administración General del Estado,
Comunidades Autónomas y Entidades Locales.
· Facilitar los trámites necesarios para
la constitución de sociedades, el inicio efectivo de una actividad económica y
su ejercicio por emprendedores.
· Facilitar
la tramitación del cese de la actividad.
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